Las funciones del criminalista y el investigador criminal respecto al proceso investigativo realizado en el lugar de los hechos o escena del crimen, son los siguientes:
Criminalista:
Con base en las facultades otorgadas por la ley, inicia su función con las diferentes diligencias que se efectúan a los indicios (evidencias), así:
– Búsqueda.
– Identificación.
– Individualización.
– Embalaje.
– Envío al laboratorio.
– Asesora a la autoridad judicial con el cuestionario a enviar a cada uno de los peritos dependiendo del elemento material.
– Conoce la instrumentación (tecnología de punta) que se puede aplicar para el estudio de los elementos materiales.
– Conoce los procedimientos a seguir con la “cadena de custodia”.
– Supervisa y asesora a los peritos en los análisis que desarrollan.
– Analiza e interpreta los diferentes dictámenes formándose probables “hipótesis” empleando el método científico como “fundamento en la ciencia y la tecnología”.
Investigador criminal:
Utiliza mecanismos judiciales para ordenar y/o practicar diligencias.
– Busca establecer correlaciones de elementos tangibles e intangibles, como la investigación se está adelantando (“probabilidad”).
– Formulan hipótesis necesariamente analizadas y discutidas con el grupo interdisciplinario.
– Conoce las fuentes humanas, entidades y técnico-científicas que pueden complementar la información recolectada.
– Explican el “método” científico aplicado a la investigación criminal:
Utilización de estrategias no experimental: Entrevistas, observación directa, charlas, archivos delincuenciales, estadísticas, análisis técnico-científicos.
Utilización de estrategias “experimental”: Reconstrucción del lugar, elementos (sitio físico), reconstrucción de circunstancias (personas y movimientos).